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JOSÉ MARÍA PÉREZ OROZCO, nació en Montellano (Sevilla) el 12 de abril de 1945. Licenciado en Lengua Moderna, se dedicó por más de treinta años a la docencia en distintos pueblos como Catedrático de Bachiller de Lengua y Literatura. Apegado a sus raíces y a las de su tierra tuvo siempre cadencia al estudio y análisis de las costumbres, labores, modos y voces de su entorno.
 
Dentro de su  trayectoria dedicada al mundo de la cultura popular y flamenca destacó su labor como director en la IV Bienal de Flamenco de Sevilla y sus constantes trabajos para televisión. Tales fueron la serie Caminos flamencos (para TVE) o El arriate y Las Andalucías (para Canal Sur). Algunos de sus libros más destacados son La poesía flamenca, Lírica en andaluz, Coplas de clase o Joyero de coplas flamencas.
 
 


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«La mejor red social para que un profesor se relacione con sus alumnos menores de edad es el aula virtual del propio colegio». Así de tajante se muestra el experto en protección de datos de la Universitat de València y doctor en Derecho, Ricard Martínez. Dicho con otras palabras, la amistad entre profesores y estudiantes en el entorno del social media no está exenta de riesgos.
La irrupción de las tecnologías en el aula ha ido acompañada del auge de las redes sociales, también entre los menores: Facebook, Twitter, YouTube... Hasta el punto de que no son pocos los colegios que han entendido que todas ellas pueden funcionar como herramientas educativas que animen a la participación de los alumnos en trabajos escolares.
Ahora bien, ¿debe un docente hacer follow a un alumno que previamente le ha seguido en Twitter? ¿Tiene sentido mantener contacto a través de Facebook? ¿Qué pasa con las fotos que pueda ver un profesor de su alumno en bañador, por ejemplo?
Martínez deja claro de entrada que, «en términos de privacidad, un profesor trata datos de un estudiante, y esto sólo se puede hacer para la finalidad para la que se recogieron dichos datos», esto es, la educativa. Hablamos de datos privados de un menor, algo a tener en cuenta cuando se insta a un alumno a darse de alta en una red social para realizar una actividad escolar. Aun así, la Agencia Española de Protección de Datos evitó sancionar a un instituto de Valencia que no dio una alternativa a Youtube a sus estudiantes para entregar a la profesora de inglés un vídeo escolar.


R.: No siempre pueden usarse indistintamente. Con el sentido de 'capacidad de distinguir entre el bien y el mal', solo se usa conciencia, en cambio, con el significado de 'percepción o conocimiento' se pueden usar ambas, aunque se prefiere la forma simple: conciencia.